Se han regulado los principios de
contratación pública bajo la ley 80 de 1993, por medio de los cuales se
desarrollan las actuaciones de quienes intervengan en dicha contratación.
• TRANSPARENCIA: en la etapa de formación del
contrato donde la contratación pública
se debe hacer mediante licitación o concurso público. buscando tener el mayor
número de opciones en igualdad de oportunidades. con el fin de atacar la corrupción
y prevalecer la imparcialidad para escoger el contratista exigiendo que sea
claro, concreto y preciso. donde el contrato será público o abierto al público.
evitando así el abuso de poder.
• ECONOMÍA: se revisará por medio de procesos y
etapas la propuesta más favorable, donde las normas y condiciones establecidas
no cambien donde se asegure la adecuada y continua eficiencia en la prestación
del servicio o el manejo de los recursos estatales y la protección y garantía
de este contrato público. Además reducir los costos evitando trámites
innecesarios y corrupción.
• RESPONSABILIDAD: los servidores públicos están obligados
a buscar el cumplimiento de lo pactado en la contratación, por medio de
mecanismos que permitan que los encargados de la contratación ósea ambas partes
respondan por sus actos, con el fin de proteger los intereses del estado, sin
actuar en contra del contratista o terceros.
• ECUACIÓN CONTRACTUAL: igualdad entre derechos y
obligaciones que surgen y se manifiestan en el contrato y en el desarrollo de
las actividades. Donde se establezcan todos los parámetros de tiempos,
procesos, cantidades, formas de pago, gastos adicionales y todo lo que en su
efecto pueda ocurrir durante el contrato.
• SELECCIÓN OBJETIVA: se debe elegir
imparcialmente el contratista que convenga más al estado de acuerdo a lo que se
requiere, los contratos públicos firmados deben mantener la igualdad, en caso de
haber una desviación al contrato deberá volver a su proceso normal tomando las
medidas necesarias y cumpliendo su objetivo. Además tener en cuenta que no la
propuesta más económica sea la que más convenga por lo que se tendrán en cuenta
los debidos procesos y todo lo establecido para cumplir con el objetivo de la contratación.
• PLANEACIÓN: permite que se lleve a cabo todo el
proceso como se espera y se ve objetivamente, por medio de un cronograma y la ejecución
del mismo antes y durante la contratación. Además la determinación de las
necesidades, verificación del presupuesto y elaboración y aprobación del plan
que se llevará a cabo.
• PUBLICACIÓN: para dar a conocer el proyecto a
todos los interesados tanto en participar de la contratación como a los que
lleven un control social, además de contribuir con el principio de selección objetiva.
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