Tipo de formalidad que se celebra
entre dos partes siendo un acto jurídico generador de obligaciones, donde una
de las partes es dirigida por la administración pública o ente público, como su
principal característica. Además, este tipo de formalidad está regulada
jurídicamente al ser estatal, por lo que la parte a contratar, sea de tipo
natural o jurídico debe estar de acuerdo a ser regulada por el marco legal como
la ley 80 de 1993, ley 1150 del 2007,
decreto 066 del 2008 y el decreto 2464 del 2008 a que se somete todo tipo de
contratación pública cual sea el fin de la negociación, como la ejecución de
una obra, la prestación de un servicio o la compra de un bien con el fin de
satisfacer una necesidad pública.
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